CONDICIONES
El cliente acepta la obligación de que la instalación de los equipos de Climatización se lleven a cabo por parte de una empresa habilitada con personal certificado para su instalación conforme al Real Decreto 115/2017 de 17 de febrero y el Reglamento (UE) 517/2016 sobre gases fluorados, así como la obligación de remitir en un plazo de un año la declaración acreditada de este requisito legal.
Parte A, corresponde a la notificación que nos deberá devolver firmada el cliente al momento de la compra como que ha sido informado sobre las responsabilidades y obligación de la adquisición del equipo.
Parte B, corresponde al documento que nos deberá devolver, en el plazo máximo de un año, con los datos y firma del comprador del equipo e instalador habilitado.